Los mineros de Cananea recuperan sus derechos humanos ante una instancia Internacional

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Los mineros de Cananea recuperan sus derechos humanos ante una instancia Internacional

SOMOSMASS99

Oscar Alzaga* / SomosMass99

Martes 25 de agosto de 2026


Los perdieron en las corruptas Junta Federal y la Suprema Corte (de antes).


El 6 de junio de 2010, más de mil elementos de la PFP irrumpieron en las instalaciones del Mineral de Cananea para desalojar a los huelguistas, para romper la huelga con violencia y militares vestidos de policías, dejando varios heridos y sindicalistas presos. El motivo fue la resolución de la Junta Federal que daba por terminada la relación de trabajo de los mineros, en realidad se trató de un ilegal despido. (…)
Los peticionarios informan  que el 8 de septiembre de 2010 se presentó un nuevo incidente de represión a quienes persistían en la huelga en los alrededores de las instalaciones de Cananea, “por la presencia y acción de grupos paramilitares ilegales (son personas armadas vestidas de civil que cuentan con la tolerancia de la PFP) que agreden a los mineros en huelga, aunque retirados de las instalaciones de la empresa, provocando varios heridos de bala y un muerto, como consta en medios informativos (…)
Información de los peticionarios -los mineros-, corroborada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) Informe no. 89/21. Petición 4-12. Informe de Admisibilidad. Trabajadores Mineros de Cananea y sus familiares. México.

La última huelga de los mineros de Cananea inició el 30 de julio de 2007 debido a que el patrón, Germán Larrea, se negó a cumplir las observaciones de los inspectores de trabajo de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) sobre la falta de seguridad e higiene en las minas. Pese al antecedente del 19 de febrero de 2006 en la mina Pasta de Conchos, donde murieron 65 mineros por la irresponsabilidad del mismo patrón, por no cumplir con sus obligaciones, lo que ocasionó un homicidio industrial, denunciado por el líder sindical Napoleón Gómez Urrutia a dos días de la tragedia, haciendo responsables a al presidente Fox y a Larrea.

Además de no cumplir con el artículo 123 de la Constitución, fracciones XIV y XV, ni las medidas de seguridad y salud en la mina, el patrón se negó a conciliar las demandas para resolver su obligación, sin huelga. Con todo y las pruebas del sindicato que justificaban la huelga, Larrea se negó al diálogo y a tratar con los representantes sindicales, por lo cual estalló la huelga. 

Cuatro veces pidió el patrón a la Junta Federal declarar inexistente la huelga y las cuatro veces la autoridad, por corrupción, declaró la inexistencia, por lo que el Sindicato Minero cuatro veces interpuso amparos y los ganó. Quedó la existencia y legalidad de la huelga. 

Entonces, de modo paralelo e ilegal al procedimiento de huelga, el patrón acude a otra demanda inédita: solicitar a la Junta Federal un procedimiento especial para dar por terminadas la relación de trabajo, individual y colectiva, de más de 1200 mineros. La terminación del contrato colectivo de trabajo (CCT) se pactó por causas de “fuerza mayor” consistentes en deterioros en la Mina de Cananea, que hacían imposible el trabajo y, por tanto, su relación. 

En una sola audiencia, el 14 de abril de 2009, la Junta Federal declaró procedente la ilegal terminación de la relación de trabajo de los 1200 mineros y la terminación del CCT pactado entre la empresa y el Sindicato, señalando que no habiendo ya trabajadores en la mina tampoco había huelga. En tal audiencia se emitió el laudo, no se analizaron ni desahogaron las pruebas de las partes, salvo la ilegal inspección de la Dirección de Minas de la Secretaría de Hacienda, que ofreció el patrón. 

Todo lo validaron la Junta Federal y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (la primera dependía de la STPS) a favor del patrón Germán Larrea y su poder económico, corrompiendo a las autoridades a través de sus abogados. 

Igual actuaron en las siguientes instancias del Poder Judicial, hasta llegar a la resolución última y definitiva de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), del 21 de abril de 2010, en contra de los mineros de Cananea. 

Por su parte, de paso, el 4 de junio de 2010 la Junta Federal ordenó el archivo del expediente de la huelga; no obstante, los mineros seguían en las instalaciones de la Mina de Cananea. 

El primer intento de la PFP para retirar a los mineros de las instalaciones de la Mina de Cananea fallaron. No pudieron hacerlo ante el rechazo y la valentía de los mineros.

Por la vía de los hechos y complacencia de las autoridades Germán Larrea escogió el sindicato sustituto a su gusto y la CTM de Sonora firmó el CCT, al gusto del patrón, con nuevo personal llevado del sur del país (nadie de Sonora). No obstante, los mineros siguieron la huelga en instalaciones de la mina. El “nuevo” CCT disminuyó el salario en dos tercios (el salario anterior era de 450 pesos diarios y con la CTM fue de 150 pesos diarios promedio). Lo mismo pasó con las prestaciones.

El sexenio de Felipe Calderón, surgido del fraude en la elección presidencial de 2006, pronto se convirtió en el más grande violador de la Constitución en la historia de México y, consecuentemente, usó la violencia y el narcotráfico para sus negocios sucios e ilegales, bajo el lema: “haiga como haiga sido, dicen en mi pueblo”.

Serían 828 los mineros que se negaron a recibir la miseria de liquidación de Larrea, por ello acudieron con la representación del Sindicato Minero y su líder a una instancia internacional, con base en el artículo 1 de la Constitución ─reformada en 2011─ por orden de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), al advertir ésta que en la Constitución de México no existían los Derechos Humanos, ya que la reforma de 1992, de Salinas de Gortari, era una simulación y carecía de medidas vinculantes de cómo obligar al Estado a su cumplimiento y dejaba a criterio de las autoridades cumplir o no con las recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos, creada por Salinas.

El Sindicato Minero y los mineros de Cananea acudieron el 4 de enero de 2012 a la CIDH a exponer los atropellos y violaciones a sus derechos humanos (laborales y sindicales) y a solicitar la Admisibilidad y restauración de sus derechos perdidos en México. Se logró la Admisibilidad plena y obligatoria para el Estado mexicano, con la resolución del 28 de marzo de 2021.  

Antes, en 2017, se le dio oportunidad al Estado mexicano de plantear sus intereses y defensa; pidió a la CIDH que negara la Admisibilidad al Sindicato Minero “porque no había agotado las instancias nacionales” y otras mentiras más que fueron desechadas por la CIDH. Una vergüenza del gobierno de Calderón, en las instancias internacionales. 

18 años después, el 18 de diciembre de 2025, en una asamblea de 651 mineros y sus familiares, la resistencia y dignidad del Sindicato y los mineros de Cananea lograron triunfar y resolver sus demandas.


* Oscar Alzaga es abogado del Sindicato Nacional Minero y de la Confederación Internacional de Trabajadores (CIT) y miembro de la Asociación Nacional de Abogados Democráticos, ANAD, la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboristas, ALAL y la Asociación Internacional de Juristas Democráticos, IAJD. (5-I-2026).

Imagen de portada: Mineros de Cananea en lucha. | Foto: Sputnik.



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